Ilegalmente se aprobó la reforma pensional en la Cámara de Representantes.
Una reforma que no soluciona los problemas del sistema, como la insostenibilidad fiscal, producto de la dinámica demográfica, las bajas tasas de empleo y de formalización; ni resuelve la baja cobertura, porque un subsidio no puede equipararse con pensión -como se hace con el pilar solidario, que tendrá un costo anual aproximado equivalente al 0,3% del PIB, es decir a $4,5 billones-; ni elimina completamente los subsisdios a las altas pensiones. Por el contrario, la reforma del Gobierno Petro agrava la situación, al poner riesgo el ahorro de los colombianos, cercano a $420 billones en Fondos Privados, al establecer una expropiación forzosa del ahorro de los fallecidos y limitar la libertad de elegir quién administra nuestros recursos; además, hay alarmas del Comité de la Regla Fiscal sobre la sostenibilidad financiera del sistema pensional a mediano y largo plazo.
Otro elemento que genera preocupación, es la apresurada implementación, ya que el artículo 94 señala que empezará a regir a partir del 1º de julio de 2025, y tal como lo ha advertido insistentemente el sindicato de la Entidad (Sintracolpen), Colpensiones no cuenta con la capacidad técnica, ni la estructura necesaria para llevar a cabo y de forma ordenada el proceso que implica que cerca de 17 millones de ciudadanos pasen al fondo público, lo que representa tres veces el número actual de afiliados.
Hoy, la esperanza que nos queda a millones de colombianos, es que la Corte Constitucional, con el rigor que la caracteriza, proceda al análisis de forma y de fondo de esta reforma; porque, además, se violó el procedimiento legislativo para la formación de las leyes, previsto en la Constitución Política, artículos 150 al 170, y la Ley 5ª de 1992. La plenaria de la Cámara de Representantes cerró abruptamente el debate, al aprobar una proposición para acoger el texto de Senado, impulsada por los Ministros de Petro, incluídos los del Interior y Hacienda, mencionados por el exdirector de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo y Desastres (UNGRD) en los casos de corrupción para que las reformas del Gobierno fueran aprobadas por el Congreso.
Esta maniobra fraudulenta ha supuesto lo que la Corte Constitucional ha denominado “elusión material del debate parlamentario”, que, en términos de la Sentencia C-084 de 2019, supone pretermitir materialmente el rol y el debate en una de las Cámaras, como cuando se acoge sin más un texto aprobado por la otra Cámara. No solo el voto y lo decidido por los Congresistas de la Comisión Séptima se borró de un tajo; sino que se anularon materialmente dos de los cuatro debates que debe cursar todo proyecto de este tipo.
Con su voto, los 86 Representantes que avalaron la proposición gubernamental, hicieron negatoria la voz de su propia Cámara, afectando la constitucionalidad de lo aprobado por el desconocimiento arbitrario de los principios y reglas que regulan el proceso de formación de las leyes en el País.
Finalmente, resulta muy grave que después de la maniobra en Cámara, el propio Ministro del Interior afirme que van a presentar otro proyecto de ley para subsanar críticas y problemas identificados en esa reforma; eso debió hacerse a lo largo del proceso, permitiendo el debate. De las carreras no queda sino el cansancio.
Paola Holguín – @PaolaHolguin